Concejo de Rafaela

Normas y proyectos del Concejo Municipal, en lenguaje simple.

Normas

Ordenanza

Ordenanza N.º 118366 — Ordenanza N.º 2284 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta ordenanza del 30 de diciembre de 1988 crea un régimen de regularización para construcciones clandestinas (hechas sin declarar ante la Municipalidad) que fueron detectadas mediante un relevamiento fotográfico aéreo encargado por el municipio a la II Brigada Aérea de Paraná. Los propietarios de esas construcciones pudieron regularizar su situación ante la Dirección de Obras Privadas y Catastro entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 1989, pagando los derechos de edificación correspondientes más solo el 50% del recargo por construcción clandestina que normalmente exige la Ordenanza Tributaria (en vez del 100%). Las construcciones clandestinas detectadas por otros medios, que no aparecían en ese relevamiento aéreo, debían pagar el recargo completo (100%), sin este beneficio.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117557 — Ordenanza N.º2290 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta es la Ordenanza Tributaria de Rafaela sancionada el 30 de diciembre de 1988 (a partir de un proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo), que fija las reglas generales para el pago de tasas, derechos y contribuciones municipales. Establece que los pagos se pueden hacer en efectivo, giro o cheque a la orden de la Municipalidad, define qué se considera fecha de pago y dónde pagar, y crea la posibilidad de convenios de pago en cuotas: quien deba dinero al municipio puede pagar un anticipo de al menos el 20% de la deuda actualizada y cancelar el resto en hasta 10 cuotas mensuales (más si la situación económica lo justifica), con un interés sobre el saldo pendiente. El texto del PDF disponible corta antes de completar todos los artículos.

Ordenanza

Ordenanza N.º 114796 — Ordenanza N.º 2288 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta ordenanza del 30 de diciembre de 1988 exime del recargo por 'baldío' (un cargo extra que se cobra a terrenos sin construir) a los propietarios de lotes de la manzana Nº 1 de la concesión 214 de Rafaela que compraron su terreno por boleto de compraventa (documento privado) y todavía no pudieron hacer la escritura pública, siempre que sea su única propiedad. La exención valió desde el 1º de enero hasta el 30 de junio de 1989, plazo en el que además debían presentar la escritura definitiva a su nombre; si no lo hacían, perdían el beneficio y se les cobraba el recargo retroactivo desde enero de 1989. El fundamento fue no perjudicar a vecinos de bajos recursos que compraron su único terreno para vivienda pero no podían afrontar el costo de la escritura notarial.

Ordenanza

Ordenanza N.º 114711 — Ordenanza N.º 2286 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta ordenanza del 30 de diciembre de 1988 modifica y amplía el 'Reglamento General de Instalaciones Eléctricas' de Rafaela (creado por una ordenanza anterior), a partir de la experiencia práctica en su aplicación y consultas con las áreas técnicas municipales. Es un texto técnico dirigido a electricistas e instaladores: define las categorías de matrícula para trabajar en instalaciones eléctricas y cómo obtenerla (título habilitante o examen de competencia ante una comisión con representantes municipales, de la Empresa Provincial de la Energía y universidad), las responsabilidades del instalador, los tipos de inspección obligatorias u optativas, la cantidad mínima de circuitos eléctricos según el tamaño de la vivienda, y especificaciones técnicas detalladas de caños y cañerías permitidas (materiales, medidas, normas IRAM). También autoriza al Departamento Ejecutivo a fijar reglas de incompatibilidad para los empleados municipales del área de electricidad.

Resolución

Resolución N.º 1273 — Facúltase al Presidente del Concejo Municipal. (30/12/1988)

30/12/1988

Esta resolución del Concejo Municipal de Rafaela, del 30 de diciembre de 1988, autoriza al Presidente del Concejo a convocar a una reunión conjunta entre los concejales y los responsables de entidades y locales que organizan espectáculos públicos nocturnos. El objetivo era acordar en conjunto una forma de reducir el consumo de electricidad durante esos eventos, en el marco de la crisis energética que atravesaba el país en ese momento.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º2291 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta ordenanza del 30 de diciembre de 1988 aprueba el Presupuesto General de la Municipalidad de Rafaela para el ejercicio 1988. Fija los gastos totales de la administración central y organismos descentralizados en 75.085.052 australes, y estima los ingresos (recursos) en 77.077.941 australes, dando un resultado con superávit de 1.992.889 australes. También fija la cantidad de cargos de personal permanente y temporario de cada área municipal (640 en planta permanente de la administración central, 21 temporarios, 35 en la Empresa Municipal de Transporte, 6 en el Instituto Municipal de la Vivienda, entre otros), y establece reglas para que el Departamento Ejecutivo pueda hacer ajustes dentro de ese presupuesto sin superar los montos y cargos ya fijados.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2285 (30/12/1988)

30/12/1988

Esta ordenanza del 30 de diciembre de 1988 le pone el nombre de 'Pedro Ercole' al parque ubicado en la esquina de San Lorenzo y José Manuel Estrada, en el Barrio General Mosconi, a pedido de la Comisión Vecinal del barrio. Es un homenaje a Pedro Ercole, uno de los fundadores de la vida política de Rafaela, que fue concejal desde 1913 (llegando a vicepresidente del Concejo) y luchó por los derechos de los vecinos y por la construcción de la 'Usina Popular'. La ordenanza también encarga a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos hacer la señalización correspondiente.

Resolución

Resolución N.º 1272 — DesÍgnase al Sr. Juan Carlos Grana como Presidente de este Cuerpo. (22/12/1988)

22/12/1988

Esta resolución del 22 de diciembre de 1988 renueva las autoridades del Concejo Municipal de Rafaela, cuyo mandato había vencido según el reglamento interno del Cuerpo. Designa a Juan Carlos Grana como Presidente del Concejo, a Lidia L. de Sarasín como Vicepresidenta 1ª y a Norma Beltramone como Vicepresidenta 2ª, y establece la composición de las comisiones permanentes (Gobierno, Cultura y Acción Social; Hacienda; Obras y Servicios Públicos; y Presupuesto, esta última integrada por todos los concejales).

Resolución

Resolución N.º 1271 — El administrativo Analía Michlig - legajo Nº 1297 - D.N. I. Nº 16.445.460, estará encuadrado a partir del 1° de setiembre de 1988, en la categoría 17. (22/12/1988)

22/12/1988

Esta resolución del Concejo Municipal de Rafaela, del 30 de diciembre de 1988, encuadra al empleado administrativo Analía Michlig (legajo Nº 1297) en la categoría salarial 17 a partir del 1º de septiembre de 1988. La medida se dictó al vencerse el período en que este agente estaba cubriendo el puesto de forma transitoria ('subrogancia'), reconociendo su dedicación y buen desempeño en las tareas encomendadas.

Ordenanza

Ordenanza N.º 118390 — Ordenanza N.º 2279 (07/12/1988)

07/12/1988

Esta ordenanza, sancionada el 7 de diciembre de 1988, acepta una donación de terrenos que la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo le hizo a la Municipalidad de Rafaela para completar el trazado urbano del barrio de 526 viviendas (autorizado antes por la Ordenanza N.º 2228). Se aceptan fracciones de terreno destinadas a calles públicas y sendas peatonales, que en conjunto suman 20.789,30 m², y además una fracción de 15.485,91 m² (identificada como Lote 2 de la manzana 6) que queda reservada para espacio verde y equipamiento comunitario del barrio. Nota: junto con el PDF de esta ordenanza el sitio del Concejo tenía adjunto por error otro documento (una ordenanza distinta, la N.º 2533 de 1992, sobre una donación de terreno para calles del mismo plan de viviendas pero en otro trámite posterior); ese adjunto no se usó para este resumen y quedó marcado como sospechoso.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117808 — Ordenanza N.º 2280 (07/12/1988)

07/12/1988

Esta ordenanza de diciembre de 1988 dona un terreno municipal (591 m², en la zona de calle Eduardo Oliber) a la Asociación Cooperadora de la Unidad Regional V de Policía, para que construya ahí los talleres de la División Logística, que hoy no tiene dónde reparar los vehículos de la unidad. La donación tiene una condición: la obra debía empezar dentro de un año desde la promulgación y terminarse dentro de tres años, y se aclara que ese terreno puede quedar a nombre de la Unidad Regional, de la Policía de Santa Fe o del Gobierno provincial, según convenga para inscribirlo legalmente, manteniéndose siempre esa misma condición de construir los talleres.

Ordenanza

Ordenanza N.º 01480 — Ordenanza N.º 2281 (07/12/1988)

07/12/1988

Esta ordenanza de diciembre de 1988 regula los locales de 'entretenimientos electrónicos' (lo que hoy serían salones de fichines o arcades), permitiendo su funcionamiento en locales cerrados bajo ciertas condiciones: buena visibilidad desde afuera, funcionamiento en planta baja (salvo habilitación especial), al menos dos baños separados por sexo y medidas de seguridad como disyuntor diferencial y extinguidores. Prohíbe entregar premios o dinero en estas máquinas (solo se permite que el propio juego prolongue el tiempo de juego), prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y cigarrillos en esos locales, y prohíbe el ingreso de menores de 18 años con uniforme escolar en cualquier horario. Los locales ya existentes tenían 90 días desde la promulgación para adaptarse, y los propietarios debían pagar un derecho de registro e inspección de 100 australes por cada máquina.

Ordenanza

Ordenanza N.º 118.377 — Ordenanza N.º 2282 (07/12/1988)

07/12/1988

Esta ordenanza, sancionada el 7 de diciembre de 1988, reemplaza una norma anterior (Ordenanza N.º 1774) y reorganiza el funcionamiento del Boletín Municipal de la Ciudad de Rafaela, el medio oficial donde la Municipalidad publica sus normas y avisos. Establece que ahí deben publicarse obligatoriamente las ordenanzas y decretos del Concejo y del Departamento Ejecutivo, los llamados a licitación, los informes periódicos de ejecución del presupuesto y otros actos administrativos importantes. El Boletín debe salir al menos una vez por mes, y se distribuye sin cargo a reparticiones públicas, medios de la provincia, comisiones vecinales, escuelas, partidos políticos, sindicatos y a cualquier persona que lo solicite.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117128 — Ordenanza Nº 2.278 (24/11/1988)

24/11/1988

Esta ordenanza, sancionada el 24 de noviembre de 1988, acepta una donación de terreno que la señora Hilda Elvira Galaverna de Mateo le hizo a la Municipalidad de Rafaela para destinarlo a una calle colectora pública. Se trata de una fracción ubicada en la manzana 19 de la concesión 294 de la ciudad, de 463,59 m², identificada como Lote II según un plano de mensura y subdivisión de 1988.

Ordenanza

Ordenanza N.º 116.404 — Ordenanza N.º 2277 (24/11/1988)

24/11/1988

Esta ordenanza, sancionada el 24 de noviembre de 1988, aprueba el 'Reglamento de Cementerios de la Ciudad', que unifica y actualiza varias normas anteriores sobre el tema (deroga ordenanzas y decretos previos). Dispone que en Rafaela los entierros solo pueden hacerse en el Cementerio Municipal o en cementerios privados que la Municipalidad habilite formalmente, quedando prohibido enterrar en cualquier otro lugar. El reglamento (Anexo I) regula en detalle el funcionamiento del Cementerio Municipal: tipos de sepulturas y nichos, plazos de inhumación y exhumación, condiciones para cremaciones, concesión de lotes a perpetuidad para panteones y bóvedas, obligaciones de mantenimiento de los concesionarios y el personal del cementerio. Además (Anexo II) habilita por primera vez la posibilidad de instalar cementerios privados tipo 'parque' en la ciudad, siempre con autorización municipal, exigiéndoles un mínimo de 6 hectáreas, capilla, estacionamiento para 30 vehículos, forestación y la donación final del predio a la Municipalidad, entre otros requisitos.

Ordenanza

Ordenanza N.º 98012 — Ordenanza N.º 2275 (10/11/1988)

10/11/1988

Esta ordenanza, sancionada el 10 de noviembre de 1988, modifica dos artículos de una norma anterior sobre ruidos molestos e innecesarios (Ordenanza N.º 1978), a raíz de quejas de vecinos por locales de esparcimiento que no tomaban ningún recaudo para evitar que la música y el ruido se propagaran a las fincas vecinas. Establece que la propaganda con altoparlantes en la vía pública no se considera ruido excesivo si no supera cierto nivel medido a 20 metros de distancia, y que, en general, cualquier ruido de un local o actividad se considera excesivo si trasciende fuera de ese local. Nota: el sitio del Concejo tenía adjuntos, junto con el PDF correcto de esta ordenanza, dos documentos que no le corresponden: son ordenanzas posteriores (N.º 2410 de 1991 y N.º 2775 de 1995) que fueron reemplazando sucesivamente a esta misma norma sobre ruidos, con el mismo número de expediente reutilizado; esos dos adjuntos no se usaron para este resumen y quedaron marcados como sospechosos.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º2276 (10/11/1988)

10/11/1988

Esta ordenanza, sancionada el 10 de noviembre de 1988, reduce el monto que deben pagar los vecinos frentistas de calle Aconcagua (entre Avenida Brasil y Bulevar Santa Fe) y de Avenida Brasil (entre calles Jorge Newbery y Aconcagua) por la contribución de mejoras de una obra de pavimentación de hormigón dispuesta por el Departamento Ejecutivo. Como en esas calles el pavimento se hizo más grueso de lo habitual (18 cm en vez de 15 cm) por estar afectadas al tránsito pesado, y eso encarecía la obra para esos vecinos frente a otros de la ciudad, se les aplica una quita del 16,67% sobre lo que tendrían que pagar: quienes tenían un plan de pago especial dan por saldada la deuda pagando el 83,33% del monto, y quienes pagaban en cuotas comunes la dan por saldada con 28 de las 34 cuotas previstas originalmente. A quienes ya hubieran pagado de más, la Municipalidad debía devolverles la diferencia actualizada.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2274 (27/10/1988)

27/10/1988

Esta ordenanza, sancionada el 27 de octubre de 1988, aprueba un nuevo 'Reglamento de Cercas y Veredas' que actualiza normas anteriores (deroga las Ordenanzas N.º 2000 y 2157), incorporando materiales de construcción nuevos que habían aparecido en el mercado. El reglamento establece la obligación de todo propietario de un terreno (baldío o edificado) de construir y mantener la cerca y la vereda frente a su propiedad, con plazos para hacerlo (30 días para empezar, hasta 60 para terminar) y multas si no se cumple; si el propietario no lo hace, la Municipalidad puede construirlo y cobrárselo, con planes de pago especiales para quienes tengan pocos recursos. Define tipos de cerca según la zona (tapias de hormigón o ladrillo, alambrados, verjas bajas en casas con jardín al frente) y las características técnicas de las veredas (materiales, anchos, pendientes, dónde va el espacio verde) según la calle y el barrio. También fija plazos de gracia para regularizar veredas que todavía no cumplían el reglamento: hasta fin de 1989 en general, o un año más para quienes recién estaban terminando de pagar la obra de pavimento de su calle.

Ordenanza

Ordenanza N.º 116.569 — Ordenanza N.º 2273 (14/10/1988)

14/10/1988

Esta ordenanza, sancionada el 14 de octubre de 1988, obliga a todo gimnasio, academia o instituto de Rafaela dedicado a actividades físicas (pesas, artes marciales, fisicoculturismo, gimnasia rítmica, modeladora o correctiva) a inscribirse en un registro municipal y cumplir un reglamento de funcionamiento, con el objetivo de proteger la salud de quienes concurren. Exige que la dirección técnica esté a cargo de profesores de Educación Física, kinesiólogos, médicos fisiatras o terapistas físicos con título habilitante (con excepción de las artes marciales), prohíbe dar productos o medicamentos para desarrollo muscular sin orden médica (bajo pena de clausura del local, de 15 días la primera vez y hasta definitiva en caso de reincidencia) y fija condiciones mínimas de espacio, altura, ventilación y baños separados por sexo para los salones. También establece multas para quien incumpla el reglamento y faculta al Juez Municipal de Faltas para aplicarlas.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117356 — Ordenanza N.º 2271 (24/09/1988)

24/09/1988

El Concejo acepta la donación de un topador (una máquina para mover tierra y residuos) que le ofrecieron varias empresas de Rafaela (Uncoga, Frigorífico Rafaela, Molfino Hnos., Sol de Mayo, entre otras), para usarlo en los trabajos de disposición final de residuos en el basural municipal. Como contrapartida, esas mismas empresas quedan autorizadas a volcar en el basural municipal, sin pagar nada, sus residuos semisólidos y líquidos (que no sean de desagües industriales) durante 15 años a partir del 1° de septiembre de 1988.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117334 — Ordenanza N.º 2270 (24/09/1988)

24/09/1988

El Concejo autoriza a la Municipalidad de Rafaela a firmar un convenio con el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de Santa Fe para estudiar la contaminación ambiental en la ciudad, mediante una comisión conjunta e inspecciones y encuestas. Las personas encuestadas están obligadas a dar los datos que se les pidan y permitir las inspecciones necesarias; la información recolectada debe guardarse en estricta reserva. Quien se niegue a colaborar, dé información falsa o entorpezca el trabajo de los encuestadores puede recibir una multa de entre 10 y 100 unidades del Código Municipal de Faltas.

Ordenanza

Ordenanza N.º 01444 — Ordenanza N.º 2268 (24/09/1988)

24/09/1988

Esta ordenanza obliga a la Municipalidad de Rafaela a darle licencia con goce de sueldo a sus empleados que sean candidatos a un cargo electivo nacional, provincial o municipal, para que puedan hacer campaña. La licencia dura los 30 días corridos previos a la elección, se otorga solo si el partido o agrupación política certifica por escrito la candidatura, y aplica únicamente a la elección en la que el empleado es candidato. Durante esos días, el empleado sigue cobrando el adicional por presentismo que ya tenía previsto el escalafón municipal.

Ordenanza

Ordenanza N.º 01360 — Ordenanza N.º 2269 (24/09/1988)

24/09/1988

Esta ordenanza actualiza y reúne en un solo texto todas las reglas sobre cómo se organizan y funcionan las comisiones vecinales de Rafaela, reemplazando dos ordenanzas anteriores (N° 2008 y N° 2155). Establece que cada barrio puede tener una sola comisión vecinal reconocida por el Concejo, define sus funciones (mejorar la convivencia, canalizar reclamos ante la Municipalidad, colaborar en el control de obras, organizar festejos del barrio, etc.) y prohíbe que hagan discriminación o actividad política/religiosa. Fija los requisitos para crear una comisión nueva (pedido firmado por al menos 30 vecinos), cómo se administra su patrimonio y sus fondos, y la composición de su Comisión Directiva (presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocales, con mandatos de 2 años). Regula en detalle el régimen electoral para elegir a esas autoridades: elecciones cada dos años el tercer domingo de noviembre, formación de una Junta Electoral, padrón por barrio, presentación de listas y desarrollo del comicio. También crea la Federación de Entidades Vecinales, que agrupa a todas las comisiones y las representa a nivel de toda la ciudad, y prevé que el Departamento Ejecutivo pueda intervenir una comisión vecinal (con acuerdo de dos tercios del Concejo) si incumple estas reglas, debiendo normalizarla con nuevas elecciones dentro de los 90 días.

Ordenanza

Ordenanza N.º 117018 — Ordenanza N.º 2267 (08/09/1988)

08/09/1988

El Concejo acepta y agradece la donación que hizo la señorita Magdalena Santiaga Bruno de un terreno interno en la manzana 15 de la ciudad, de unos 47 metros cuadrados, para ampliar las instalaciones del Jardín Materno Infantil Municipal N° 1 "Margarita Bochetto". Como parte del acuerdo, la Municipalidad da por saldadas las deudas de tasa general y contribuciones de mejoras que la donante tenía por ese terreno, y se hace cargo de los impuestos nacionales o provinciales pendientes y de los gastos para inscribir la propiedad a su nombre.

Resolución

Resolución N.º 1270 — Resoluciópn N.º 1270 - Facúltase al Presidente del Concejo Municipal. (08/09/1988)

08/09/1988

Esta resolución surge por el reclamo de varios vecinos ante las facturas de luz del cuarto bimestre de 1988, que subieron mucho por el mayor consumo del invierno y un aumento de tarifas, llegando en algunos casos a superar el ingreso mensual de la familia. El Concejo autoriza a su Presidente a gestionar ante la Empresa Provincial de la Energía (EPE) una prórroga en los vencimientos de esas facturas y/o el otorgamiento de planes especiales de pago para los vecinos afectados.