Concejo de Rafaela

Normas y proyectos del Concejo Municipal, en lenguaje simple.

Normas

Resolución

Resolución N.º 1281 — Prestar acuerdo ante el Directorio del ente autárquico. (22/09/1989)

22/09/1989

Esta resolución aprueba la conformación del nuevo Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (CAEPAM), un ente que asiste económicamente a empleados municipales. Designa a las personas que van a ocupar cada cargo: presidente, vocales titulares y suplentes, y síndicos titular y suplente.

Resolución

Resolución N.º 1280 — Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9763, del Departa­mento Ejecutivo Municipal, de fecha 15 de agosto de 1989. (22/09/1989)

22/09/1989

Esta resolución ratifica un decreto que ya había dictado el Departamento Ejecutivo Municipal (Decreto N° 9763, del 15 de agosto de 1989), relacionado con la aceptación de renuncias de integrantes de la Comisión Vecinal del barrio Fátima. El Concejo avala esa decisión sin modificarla.

Ordenanza

Ordenanza N.º 121255 — Ordenanza N.º2324 (08/09/1989)

08/09/1989

Esta ordenanza modifica varios artículos del Código Tributario municipal, principalmente para precisar qué se considera el 'domicilio fiscal' de los contribuyentes: es el domicilio que declaren en el área de Rentas, que debe estar dentro de la zona urbana o suburbana de Rafaela (no en zona rural); si el contribuyente vive fuera del municipio y no hizo esa declaración, se toma como domicilio fiscal algún inmueble suyo registrado en la ciudad. También aclara que los tributos deben pagarse en las fechas fijadas aunque el municipio no haya entregado antes los formularios correspondientes, y que los pagos deben hacerse en efectivo o a través de bancos/entidades con sede en Rafaela; si se paga con un cheque u otro valor librado contra otra plaza, el contribuyente debe hacerse cargo de los gastos y comisiones que eso genere, dentro de los 5 días hábiles de ser notificado.

Ordenanza

Ordenanza N.º 121071 — Ordenanza N.º 2321 (08/09/1989)

08/09/1989

Esta ordenanza de 1989 autoriza a la Asociación Mutual Social y Deportiva Atlético de Rafaela a construir tribunas en su estadio (calle Urquiza entre Dentesano y Primera Junta) que ocupan parte del espacio aéreo sobre la vereda, algo que en principio no estaba permitido por el reglamento de edificación de la Municipalidad. Además, fija una regla general para el futuro: la Municipalidad podrá autorizar este tipo de excepciones a otras instituciones deportivas, siempre que sea la única solución posible para sus necesidades, que la construcción no sobrepase el cordón de la vereda, que no dificulte el paso de peatones ni vehículos, y que la documentación técnica esté firmada por los responsables de la institución y los profesionales a cargo de la obra.

Ordenanza

Ordenanza N.º 120968 — Ordenanza N.º 2320 (08/09/1989)

08/09/1989

Esta ordenanza de 1989 crea un régimen para que los vecinos que deben la Tasa General de Inmuebles (el impuesto municipal por ser propietario) puedan regularizar esa deuda con facilidades, pero solo si son dueños de una única propiedad. Quienes tengan varias propiedades no pueden acceder al beneficio, y tampoco pueden hacerlo quienes estén tramitando la venta de ese inmueble. Los interesados debían anotarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la sanción de la norma, poner al día todas las cuotas adeudadas, y pagar en efectivo (montos chicos) o en 2 o 3 cuotas (montos más altos), según el monto en australes de la época; si no se cumplen los pagos en fecha, se pierde el beneficio para esas cuotas.

Ordenanza

Ordenanza N.º 97645 — Ordenanza N.º 2322 (08/09/1989)

08/09/1989

Esta ordenanza modifica los requisitos para acceder al programa municipal de vivienda única para familias de escasos recursos (creado por la Ordenanza N° 2014). Para calificar, el solicitante debe ser el único propietario del terreno (o tener usufructo vitalicio sobre él) y encuadrar en el perfil de bajos recursos económicos. Se permite construir una vivienda prefabricada y desmontable (de chapa, madera u otros materiales no tradicionales) en un terreno cedido en comodato por al menos 5 años, siempre presentando el contrato con firmas certificadas; si el comodato es por más de 5 años, la vivienda prefabricada debe además tener certificado de aptitud técnica de la Secretaría de Estado de Vivienda y Urbanismo. Si el terreno es compartido con otra persona (condominio), primero hay que subdividirlo antes de iniciar el trámite, y si el lote es demasiado chico para subdividirse, no se puede acceder al beneficio.

Resolución

Resolución N.º 1279 — Incorpórase a la Dra. Ana María Zanoni de Rogiani -D.N.I. Nº 3.896.168, como Concejal en reemplazo del Dr. Hugo Degiovanni. (08/09/1989)

08/09/1989

Esta resolución incorpora a Ana María Zanoni de Rogiani como concejala, en reemplazo de Hugo Degiovanni. Fue aprobada por unanimidad del Concejo.

Resolución

Resolución N.º 1278 — Acéptase la renuncia al cargo de Concejal que por el Movimiento Afirmación Vecinalista ejerció el Dr. Hugo Degíovanni. (08/09/1989)

08/09/1989

Esta resolución acepta la renuncia de Hugo Degiovanni a su cargo de concejal, que ejercía por el Movimiento Afirmación Vecinalista, presentada por él mismo el 7 de septiembre de 1989 y aprobada por unanimidad. También le pide que devuelva su credencial de concejal.

Resolución

Resolución N.º 1277 — Ratificar lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal. (08/09/1989)

08/09/1989

Esta resolución ratifica una decisión del Departamento Ejecutivo Municipal de no aceptar un pedido de las partes de un juicio (Yolanda Saavedra, Mercedes Saettones y otros contra la Municipalidad de Rafaela) para modificar un acuerdo ya homologado judicialmente. El Concejo consideró que no correspondía cambiar lo pactado, entre otras razones porque la situación económica también afectó negativamente a las finanzas municipales.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2323 (08/09/1989)

08/09/1989

Esta ordenanza de 1989 crea el Consejo Asesor Económico Social de Rafaela, un espacio de consulta y diálogo entre el Gobierno Municipal y las entidades locales vinculadas a la producción, el trabajo y los servicios (cámaras, gremios, asociaciones, etc.). Cada entidad participante designa representantes (sin remuneración) que pueden opinar sobre temas que les someta el Departamento Ejecutivo, la ciudadanía o las propias entidades, proponer proyectos de interés comunitario y dictar su propio reglamento interno. El nexo permanente con el Municipio es el Intendente (o quien él delegue), que además provee el lugar y el apoyo administrativo para las reuniones.

Ordenanza

Ordenanza N.º 105940 — Ordenanza N.º 2316 (23/08/1989)

23/08/1989

Esta ordenanza de 1989 acepta la donación de un terreno que la empresa Giuliani Hermanos S.A. cedió a la Municipalidad de Rafaela para destinarlo a calle pública. Se trata de una fracción de aproximadamente 1.118 metros cuadrados, ubicada en la zona donde limitan las propiedades de Alberto Alfonso y Luis Furrer (al norte), el Sindicato de Trabajadores de la Alimentación (al sur) y terrenos de la propia Giuliani Hnos. (al oeste), con frente a una calle existente al este. Al aceptar la donación, ese terreno pasa a formar parte del dominio público municipal como calle.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2319 (23/08/1989)

23/08/1989

Esta ordenanza de 1989 autoriza a la Municipalidad de Rafaela a entregar en concesión el transporte público urbano de pasajeros, que hasta entonces prestaba la propia Empresa Municipal de Transporte, ante la grave crisis financiera de ese organismo. La idea es que una empresa privada se haga cargo del servicio para garantizar que los colectivos sigan funcionando. La concesión solo podrá otorgarse mediante una licitación pública, cuyos pliegos y adjudicación estarán a cargo de una comisión integrada por el Intendente, concejales de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, representantes del Departamento Ejecutivo y directivos de la Empresa Municipal de Transporte.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2317 (23/08/1989)

23/08/1989

Esta ordenanza de 1989 corrige un problema que había generado la Ordenanza N° 2309, que fijaba cómo se calculaba la séptima cuota de la Tasa General de Inmuebles (el impuesto municipal sobre las propiedades) del año 1989: en algunos lotes grandes (sexta categoría, más de 2.000 metros cuadrados) el monto resultante era desproporcionado respecto al resto. Para corregirlo, se limita el aumento de esa cuota a un tope del 700% respecto de la cuota anterior de la misma categoría, aunque nunca por debajo de lo que pagaría un lote de 1.999 metros cuadrados. A quienes ya habían reclamado y todavía no pagaron esa séptima cuota, se les permite pagarla sin recargos ni intereses dentro del plazo que fije la Municipalidad.

Ordenanza

Ordenanza N.º 120510 — Ordenanza N.º 2313 (25/07/1989)

25/07/1989

Esta ordenanza de 1989 acepta la donación de un terreno de 4.600 metros cuadrados que hizo el ingeniero Justo Jiménez a la Municipalidad de Rafaela, para destinarlo a calle pública. El terreno está ubicado sobre la Ruta Nacional N° 34 ('General Güemes') y la Avenida Los Álamos, cerca de la intersección con Avenida Pucará, con 20 metros de frente y 230 metros de fondo, lindando con más terreno del propio donante.

Ordenanza

Ordenanza N.º 110550 — Ordenanza N.º 2315 (25/07/1989)

25/07/1989

Esta ordenanza de 1989 amplía los límites del barrio 'Luis Fasoli' hacia el norte, a pedido de la Comisión Vecinal de ese barrio, para que los vecinos que viven entre las calles Luis Maggi y Presbítero Emiliano Cerdán queden mejor representados. Modifica una ordenanza anterior (N° 2212) y deja establecido que, de ahora en más, el barrio queda delimitado por Presbítero Emiliano Cerdán al norte, Ayacucho al este, Avenida Ernesto Salva al sur y Avenida Intendente Octavio J. Zóbboli al oeste.

Ordenanza

Ordenanza N.º 104914 — Ordenanza N.º 2312 (25/07/1989)

25/07/1989

Esta ordenanza de julio de 1989 acepta la donación que hicieron Jorge Omar Boidi y Stella Maris Campanini de Boidi de una fracción de terreno de 756 metros cuadrados, ubicada entre las manzanas 28 y 29 sobre calle Paraná (linda con terrenos de Hugo Nassi, Gerardo Albizu y los frigoríficos Rafaela S.A.I.C. y Uncoga), para destinarla a calle pública. Nota importante: esta ordenanza fue derogada y reemplazada por la Ordenanza N° 2360 (abril de 1990), que rehace la misma donación agregando a Ferdinanda (o Fernanda) Campanini de Dzus como usufructuaria vitalicia del terreno junto a los Boidi como nudos propietarios — el PDF adjunto a este documento incluye ambos textos.

Ordenanza

Ordenanza N.º 103079 — Ordenanza N.º 2314 (25/07/1989)

25/07/1989

Esta ordenanza de 1989 acepta la donación de una fracción de terreno de 1.250 metros cuadrados que hizo la empresa Frigorífico Rafaela S.A. a la Municipalidad, para destinarla a calle pública. El terreno está ubicado en la concesión 246 de la ciudad, lindando al norte y al oeste con propiedad del propio Frigorífico Rafaela S.A.I.C., y al sur y al este con la calle Mensajero José Dona. Al aceptar la donación, esa fracción pasa a formar parte del dominio público municipal.

Ordenanza

Ordenanza N.º 115546 — Ordenanza Nº 2.308 (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal aceptó una donación de terrenos a favor de la Municipalidad de Rafaela, ofrecida por los integrantes de la familia Gotta-Alemandi. Se trata de dos fracciones de terreno que van a pasar a ser calles públicas: una destinada a prolongar la Avenida Los Álamos hacia el sur, y otra a ampliar la Avenida Pucará desde la Ruta Nacional N° 34 hacia el oeste. En conjunto suman poco más de 2 hectáreas y medio (23.584 metros cuadrados aproximadamente). La ordenanza formaliza la aceptación de esta donación y ordena elevarla al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Resolución

Resolución N.º 1276 — Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9696 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 7 de junio de 1989. (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal ratificó (confirmó) el Decreto N° 9696 firmado por el Departamento Ejecutivo Municipal el 7 de junio de 1989. El decreto se originó en un expediente sobre regularización de construcciones clandestinas, es decir, obras hechas sin los permisos correspondientes. Con esta resolución, aprobada por unanimidad en base al despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, el Concejo le dio su aval formal a esa decisión del Ejecutivo.

Resolución

Resolución N.º 1275 — Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9694, del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 1° de junio de 1989. (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal ratificó (confirmó) el Decreto N° 9694 firmado por el Departamento Ejecutivo Municipal el 1° de junio de 1989. El decreto tenía que ver con la donación de una fracción de terreno a la Municipalidad. La resolución se aprobó por unanimidad en base al despacho de la Comisión de Hacienda, dándole al Concejo el aval formal a esa decisión del Ejecutivo.

Resolución

Resolución N.º 1274 — Ratificar en todos sus términos los Decretos Nros. 9727 y 9734 del Departamento Ejecutivo Municipal, de fechas 5 y 11 de julio de 1989, respectivamente. (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal ratificó (confirmó) los Decretos N° 9727 y N° 9734 del Departamento Ejecutivo Municipal, firmados el 5 y el 11 de julio de 1989 respectivamente. Ambos decretos se referían al aumento del boleto del transporte urbano de pasajeros. La resolución se aprobó por unanimidad, dando el Concejo su aval formal a esa decisión del Ejecutivo sobre el precio del boleto de colectivo.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2311 (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal autorizó a la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M., el organismo que administra los subsidios de los empleados municipales) a otorgar préstamos con planes de devolución más accesibles a quienes aportan a ese sistema de subsidios, como ayuda frente a la difícil situación económica que atravesaban muchos trabajadores municipales. Se estableció como condición que la Comisión debe garantizar siempre el pago inmediato de al menos 15 subsidios por fallecimiento de aportantes de Primera Categoría, y que el dinero destinado a estos préstamos debe contabilizarse por separado del resto del fondo de subsidios. La forma concreta de devolución de cada préstamo queda a criterio del Directorio de la Comisión, buscando equidad entre los beneficiarios.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2310 (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal modificó los requisitos que deben cumplir los autos que trabajan como taxi o remis en Rafaela, a partir de un pedido presentado por la agrupación Conductores de Taxis Unidos. Desde el 1° de enero de 1991, los vehículos no podrán tener más de 15 años de antigüedad ni pesar menos de 800 kilos vacíos, y todo taxímetro o remis deberá pintarse de negro con techo amarillo. La norma deroga cualquier disposición anterior que contradiga estos nuevos requisitos.

Ordenanza

Ordenanza N.º — Ordenanza N.º 2309 (12/07/1989)

12/07/1989

El Concejo Municipal fijó cómo se debía calcular y cobrar la séptima cuota de 1989 de la Tasa General de Inmuebles (el impuesto municipal que se paga por las propiedades), a pedido del Departamento Ejecutivo, para reflejar el aumento de los costos de mantenimiento y personal de esa época. Los inmuebles de las categorías más altas tuvieron incrementos de entre el 21,9% y el 58%, mientras que las categorías intermedias no tuvieron aumento. Se estableció que ningún inmueble podía pagar menos de 300 australes en esa cuota, y se sumaron cargos adicionales por asistencia médica a la comunidad, gastos administrativos de emisión, y organización catastral. La ordenanza autorizó al Ejecutivo a emitir la cuota y fijar su fecha de vencimiento.

Ordenanza

Ordenanza N.º 120157 — Ordenanza N.º 2305 (24/05/1989)

24/05/1989

El Concejo Municipal autorizó prestarle a la Municipalidad de San Cristóbal, sin costo, una planta elaboradora de asfalto marca 'Melga' que era propiedad de Rafaela y estaba en desuso (no se había podido vender pese a dos intentos de licitación). San Cristóbal la había pedido para avanzar con obras de pavimentación en esa ciudad del norte santafesino. El préstamo se autorizó por dos años, prorrogables, con la condición de que San Cristóbal se haga cargo del traslado de la maquinaria, de cualquier daño que sufra durante ese uso, y de devolverla en las mismas condiciones al terminar el plazo.