Normas — Ordenanza
OrdenanzaOrdenanza N.º 150988-4 — Ordenanza N.º 2776 (09/03/1995)
09/03/1995
09/03/1995
Esta ordenanza dispone la ejecución de la obra de ampliación de la red de agua potable en los barrios Güemes y Martín Fierro, ante el pedido de los vecinos y la baja calidad del agua subterránea de la zona. La obra incluye las conexiones con las redes existentes, la red de distribución y las conexiones domiciliarias, con un plazo de ejecución de 10 meses y un presupuesto oficial de 374.238,83 pesos. El costo se financiará mediante el sistema de contribución por mejoras, a cargo de los propietarios de los inmuebles beneficiados, quienes podrán pagar al contado con descuento o en cuotas, y una vez finalizada la obra se transferirá a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias.
OrdenanzaOrdenanza N.º 149684-3 — Ordenanza N.º 2777 (09/03/1995)
09/03/1995
09/03/1995
Esta ordenanza acepta la donación ofrecida por la firma Centenario S.A. de una fracción de terreno de 1.359,60 metros cuadrados, ubicada en la concesión 312 de la ciudad. El terreno donado está destinado a uso público como canal, formando parte del Canal Sur. La medida no implica ninguna erogación económica para el municipio, sino la incorporación de un inmueble privado al dominio público con ese fin específico.
OrdenanzaOrdenanza N.º 129377 — Ordenanza N.º 2774 (09/03/1995)
09/03/1995
09/03/1995
Esta ordenanza modifica la Ordenanza N° 2.474, que había creado un fondo especial para construir una escuela, ya que esa obra fue reemplazada por la Escuela del barrio Amancay financiada con otros fondos. En su lugar, redestina ese fondo especial a apoyar la construcción de una guardería en el barrio Los Nogales, considerada una prioridad edilicia vigente para el sector Oeste de la ciudad. El fondo pasa a llamarse Fondo Guardería Barrio Los Nogales.
OrdenanzaOrdenanza N.º 02823 — Ordenanza N.º 2779 (09/03/1995)
09/03/1995
09/03/1995
Esta ordenanza le pone el nombre 'Plaza Independencia' al espacio verde ubicado en la manzana 6 de la concesión 261, en el barrio Independencia (delimitado por las calles Arturo Illia, Alfredo Palacios, Luciano Molina y Eloy Gaitán), a pedido de la Comisión Vecinal de ese barrio. Además, encarga al Departamento Ejecutivo Municipal las tareas de forestación y señalización necesarias para darle efectividad a esa denominación.
OrdenanzaOrdenanza N.º 151223-5 — Ordenanza N.º 2773 (29/12/1994)
29/12/1994
29/12/1994
Esta ordenanza dispone la ampliación de las redes cloacales en varios barrios de Rafaela (Guillermo Lehmann, Luis Fasoli, 9 de Julio, Juan de Garay, San Martín, Ilolay, Fátima, Villa Podio, Villa Rosas y Belgrano), a raíz del ascenso de la napa freática que afectaba los sistemas de saneamiento tradicionales y de los pedidos de los vecinos. Las obras se ejecutarán con proyectos aprobados por la Dirección Provincial de Obras Sanitarias, a la que se transferirán una vez terminadas, y se financiarán mediante el sistema de contribución por mejoras a cargo de los propietarios beneficiados, con presupuestos oficiales que en conjunto superan los 8 millones de pesos repartidos por sector. Los vecinos podrán pagar al contado con descuento o en cuotas de hasta 30 meses, y también podrán presentar oposición formal a la obra si reúnen más del 40% de la superficie afectada.
OrdenanzaOrdenanza N.º 151064-3 — Ordenanza N.º 2772 (29/12/1994)
29/12/1994
29/12/1994
Esta ordenanza dispone la ampliación de la red de agua potable en los barrios Amancay y Antártida Argentina (parcial) de Rafaela, ante el pedido de los vecinos y la baja calidad del agua subterránea de la zona. La obra consiste en cruces de vinculación con redes existentes, red de distribución y conexiones domiciliarias, con un plazo de ejecución de 10 meses y un presupuesto oficial de 468.194,82 pesos, y una vez terminada se transferirá a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias. El costo se financiará mediante contribución por mejoras a cargo de los propietarios beneficiados, quienes podrán pagar al contado con descuento o en cuotas, y también podrán presentar oposición formal si reúnen más del 40% de la superficie afectada por la obra.
OrdenanzaOrdenanza N.º 148684-4 — Ordenanza N.º 2771 (22/12/1994)
22/12/1994
22/12/1994
Esta ordenanza acepta y agradece la donación ofrecida por la Asociación Mutual de Ayuda entre Adherentes y Asociados del Club Sportivo Ben Hur, consistente en tres fracciones de terreno con destino a calles públicas y una cuarta fracción afectada a servidumbre administrativa de electroducto, todas ubicadas en la concesión 325 de la ciudad. Establece además que dos lotes vecinos quedan afectados por una restricción limitada de edificación: hasta 5 metros del límite con la zona de máxima restricción, las construcciones deberán ser de una sola planta, sin balcones, terrazas ni aleros que sobresalgan, control que quedará a cargo de la Dirección de Obras Privadas.
OrdenanzaOrdenanza N.º 150203-8 — Ordenanza N.º 2768 (15/12/1994)
15/12/1994
15/12/1994
Esta es la Ordenanza Tributaria del Concejo Municipal de Rafaela, que fija para 1995 todas las tasas, derechos y contribuciones que cobra el Municipio. Regula, entre otros puntos, la Tasa General de Inmuebles (con categorías según ubicación, frente y superficie, exenciones para jubilados, entidades religiosas, educativas y de bien público, y un recargo para terrenos baldíos), el Derecho de Registro e Inspección a comercios e industrias, el Derecho de Cementerio, el Derecho de Edificación, y tasas por espectáculos públicos, ocupación de la vía pública y trámites administrativos, entre otros conceptos. También establece plazos de pago, recargos por deudas, planes de facilidades de pago, sanciones por incumplimientos formales y crea fondos especiales con fines específicos (desagües pluviales, bomberos, conservación de empedrado, etc.). En conjunto, es la norma que ordena cómo y cuánto debían pagar los vecinos y comercios de Rafaela al Municipio durante ese año.
OrdenanzaOrdenanza N.º 1234 — Ordenanza N.º 2769 (15/12/1994)
15/12/1994
15/12/1994
Esta ordenanza aprueba el Presupuesto General del Concejo Municipal de Rafaela para el ejercicio 1995. Fija en 26.523.903 pesos el total de gastos y en 26.495.843,33 pesos los recursos calculados para cubrirlos, lo que arroja un déficit previsto de 28.059,67 pesos. También establece la cantidad de cargos de personal permanente y temporario de la administración municipal y de otros organismos, y autoriza al Departamento Ejecutivo a hacer ajustes dentro de ciertos límites fijados por la norma.
OrdenanzaOrdenanza N.º 150.647-6 — Ordenanza N.º 2767 (01/12/1994)
01/12/1994
01/12/1994
Esta ordenanza dispone que la Municipalidad de Rafaela se incorpore al Consorcio Caminero Vecinal formado por los distritos de Rafaela, Lehmann y Bella Italia, cuyo objetivo es construir y mantener caminos de tránsito permanente en esa zona rural en coordinación con la Dirección Provincial de Vialidad. Designa al Secretario de Gobierno, Ingeniero Agrónomo Hugo Alfonso Albrecht, como representante municipal ante ese Consorcio.
OrdenanzaOrdenanza N.º 148.867-5 — Ordenanza N.º 2766 (01/12/1994)
01/12/1994
01/12/1994
Esta ordenanza crea un nuevo barrio en Rafaela, al que le da el nombre de 'San José', en la zona del loteo Don José, a pedido de los propios vecinos del sector. Incorpora ese loteo a la zona urbana de la ciudad según el plano de mensura aprobado, y le pone nombre a las calles del barrio que todavía no tenían nomenclatura (entre ellas 'Carrero Podio', 'Bartolo Manera' y 'Flaminio Del Signore'). Además, recomienda al Departamento Ejecutivo Municipal completar los trámites administrativos correspondientes según la Ordenanza de Entidades Vecinales.
OrdenanzaOrdenanza N.º 02785 — Ordenanza N.º 2763 (24/11/1994)
24/11/1994
24/11/1994
Esta ordenanza condona las deudas municipales que mantienen las Capillas Santa Josefa Rosello y San Pedro (dependientes del Arzobispado de Santa Fe - Obispado de Rafaela) por obras de pavimento, agua corriente en el barrio Italia y red cloacal, en reconocimiento a la labor social que realizan estas capillas en barrios de menores recursos de la ciudad. La condonación incluye tanto las deudas ya registradas como las que pudieran generarse a futuro por esos mismos conceptos en los inmuebles de ambas capillas.
OrdenanzaOrdenanza N.º 147.432-9 — Ordenanza N.º 2764 (24/11/1994)
24/11/1994
24/11/1994
Esta ordenanza establece que en los terrenos de las concesiones 311, 312, 327, 328 y 329, zonificadas como distrito residencial de viviendas de una familia, queda prohibido instalar industrias, elaboración y manufacturas, talleres en general y depósitos en general, a pedido de la Cooperativa de Vivienda del Personal de Enseñanza Técnica de Rafaela para evitar usos incompatibles con la vivienda y la contaminación ambiental en esa zona. Exceptúa de esta restricción a la franja de terrenos de las concesiones 311 y 312 que da frente a la Avenida Luis Fanti.
OrdenanzaOrdenanza N.º 149297-4 — Ordenanza N.º 2761 (10/11/1994)
10/11/1994
10/11/1994
Esta ordenanza ratifica un convenio entre la Municipalidad de Rafaela y el Club Sportivo Ben Hur, por el cual este club quedó autorizado a pavimentar por su cuenta y riesgo un tramo de la calle J.M. Williner. Como ese tramo ya estaba incluido en la Obra de Pavimentación Nº 33, la norma ajusta esa obra municipal reduciéndola en una cuadra y corrige la descripción de las calles afectadas, para evitar que el mismo trabajo quede contado dos veces.
OrdenanzaOrdenanza N.º 148343-7 — Ordenanza N.º 2762 (10/11/1994)
10/11/1994
10/11/1994
Esta ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en concesión el servicio de mantenimiento de los espacios verdes del Cementerio Municipal, mediante un llamado a licitación. La Dirección de Espacios Verdes había evaluado que esta modalidad de concesión resultaba más económica y funcional para los intereses municipales que la gestión directa.
OrdenanzaOrdenanza N.º 146886-7 — Ordenanza N.º 2760 (10/11/1994)
10/11/1994
10/11/1994
Esta ordenanza faculta a la Asociación Mutual Social y Deportiva Atlético de Rafaela a ejecutar, por su cuenta y riesgo, la obra de pavimentación de la calle Eloy Gaitán entre las calles Gálvez y 500 Millas. Además, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un convenio con esa entidad para llevar adelante la obra según las especificaciones técnicas del expediente correspondiente.
OrdenanzaOrdenanza N.º 149387-3 — Ordenanza N.º 2759 (03/11/1994)
03/11/1994
03/11/1994
Esta ordenanza cambia el nombre de una plaza pública de la ciudad, ubicada sobre las calles Gaboto, Las Heras y Necochea, que hasta entonces se llamaba 'Martín Fierro'. A pedido de la Comisión Vecinal del barrio Central Córdoba, el Concejo deroga esa denominación anterior e impone el nombre 'Eva Perón' en homenaje a su trayectoria.
OrdenanzaOrdenanza N.º 147495-6 — Ordenanza N.º 2757 (03/11/1994)
03/11/1994
03/11/1994
Esta ordenanza prorroga el plazo fijado por ordenanzas anteriores (2.702 y 2.725) para implementar un nuevo recorrido de tránsito pesado en la ciudad. La prórroga se otorga porque en las calles Beltramino y Río de Janeiro, incluidas en ese recorrido, todavía estaban en ejecución obras de redes cloacales y de pavimentación; el nuevo plazo se extiende hasta que esas obras terminen.
OrdenanzaOrdenanza N.º 131502 — Ordenanza N.º 2758 (03/11/1994)
03/11/1994
03/11/1994
Esta ordenanza modifica el régimen municipal de compras y contrataciones (Ordenanza Nº 2.535) para actualizar los montos que determinan si una compra u obra pública debe hacerse por licitación pública, licitación privada/concurso o contratación directa, ya que los límites vigentes habían quedado bajos frente a los precios de ese momento. También ajusta y agiliza los procedimientos de la licitación privada: plazos, forma de invitar a los proveedores, manejo de errores en las ofertas, empates, notificación de la adjudicación y firma del contrato, y los casos en que se puede prescindir de licitación por haber quedado desiertas ofertas anteriores. El objetivo declarado es dar mayor celeridad a las contrataciones municipales sin perder transparencia ni igualdad de oportunidades entre los oferentes.
OrdenanzaOrdenanza N.º 150159-2 — Ordenanza N.º 2754 (20/10/1994)
20/10/1994
20/10/1994
La ordenanza crea un sistema de pago voluntario de multas para las faltas e infracciones municipales previstas en el Código Municipal de Faltas, con el objetivo de agilizar y descongestionar el trabajo del Juzgado Municipal de Faltas ante el aumento de actas de infracción. El infractor puede pagar la multa dentro de los 30 días de notificado, según una escala de valores fijada en la propia norma, en cualquier caja recaudadora municipal o entidad bancaria conveniada. El Juez de Faltas puede excluir del sistema los casos con antecedentes o características que agraven la falta, sometiéndolos al juicio de faltas ordinario.
OrdenanzaOrdenanza N.º 149675-1 — Ordenanza N.º 2756 (20/10/1994)
20/10/1994
20/10/1994
La ordenanza modifica el régimen de la sobretasa por terreno baldío que se aplica a los lotes de un loteo recién aprobado. Establece un plazo de gracia antes de que empiece a cobrarse ese recargo: seis meses para loteos de hasta 100 unidades y doce meses para loteos de más de 100 unidades, contados desde la aprobación definitiva del loteo. El objetivo es que el propietario tenga tiempo de vender los lotes sin que el alto costo de la sobretasa incida en el precio de venta. Modifica un inciso del artículo 20 de una ordenanza anterior sobre el tema.
OrdenanzaOrdenanza N.º 143765-6 — Ordenanza N.º 2753 (20/10/1994)
20/10/1994
20/10/1994
La ordenanza modifica el artículo 76 de la Ordenanza Tributaria Nº 2.678 para establecer el costo del Servicio de Atención Diferenciada para Mandatarios de Trámites relacionados con Automotores, creado previamente por la Ordenanza Nº 2.719. Los mandatarios que quieran usar este servicio diferenciado deben pagar el equivalente a 2 Unidades de Cuenta Municipal (UCM) por cada trámite presentado. Quienes no paguen ese importe deben realizar sus gestiones por la ventanilla de atención general, con un límite de dos trámites por vez.
OrdenanzaOrdenanza N.º 129.048 — Ordenanza N.º 2755 (20/10/1994)
20/10/1994
20/10/1994
La ordenanza deroga los fondos municipales de apoyo a la actividad económica creados por las Ordenanzas Nº 2.438 y Nº 2.508, y en su reemplazo crea el 'Programa para el Crecimiento', un fondo municipal con recursos y cuenta contable propios destinado a apoyar la competitividad de las empresas locales, sobre todo micro y pequeñas empresas. El fondo se financia con porcentajes de distintos derechos e impuestos municipales (registro e inspección, diversiones y espectáculos, ocupación del dominio público) y con donaciones, y se distribuye mediante proyectos y programas presentados por entidades, empresas o personas físicas ante la Subsecretaría de Programación Económica, que actúa como organismo de evaluación y control. Los montos otorgados en general deben reintegrarse, salvo los aportes destinados al bien público que se definan como no reintegrables por resolución fundada del Departamento Ejecutivo.
OrdenanzaOrdenanza N.º 150354-9 — Ordenanza N.º2751 (06/10/1994)
06/10/1994
06/10/1994
La ordenanza autoriza a emplazar una imagen de la Virgen del Pilar, cedida por el Obispado de la Diócesis de Rafaela, en un predio público municipal ubicado en el extremo norte del cantero central del Boulevard Lehmann, entre las calles Chile y Uruguay. La imagen es una réplica de la Virgen del Pilar de España, donada por la Conferencia Episcopal Española con motivo del V Centenario de la Evangelización de América. La norma se dicta ad-referéndum de la promulgación de una ley provincial previa que autoriza este tipo de emplazamiento, ya que la Ley Orgánica de Municipalidades exige esa autorización expresa de la Legislatura de Santa Fe.
OrdenanzaOrdenanza N.º 02758 — Ordenanza N.º2752 (06/10/1994)
06/10/1994
06/10/1994
La ordenanza endurece las normas sobre acceso de menores a locales bailables y consumo de alcohol por menores, modificando la Ordenanza Nº 2.516. Restringe el ingreso a locales bailables a mayores de 16 años, con excepciones puntuales (viernes y vísperas de feriados desde los 14 años, o eventos educativos/culturales organizados por instituciones). Prohíbe expresamente el suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años (salvo acompañados por sus padres o tutores), la venta de alcohol para consumo inmediato por personas no habilitadas, y el consumo de bebidas en la vía pública fuera de lugares habilitados. Establece multas de 10 a 50 unidades para los comercios infractores, con suspensión de la habilitación en casos de reincidencia (hasta inhabilitación definitiva a la tercera infracción).