Normas — Ordenanza
OrdenanzaOrdenanza N.º 102732 — Ordenanza N.º 2084 (18/04/1985)
18/04/1985
18/04/1985
Esta ordenanza cambia qué se hace con los armazones metálicos de las coronas de flores que quedan en el Cementerio Municipal: en vez de que el Municipio los venda a un precio fijo (como establecía una ordenanza anterior), a partir de ahora se entregan gratis a las entidades de bien público de la ciudad para que las vendan y junten fondos para sus actividades. La iniciativa surgió de una reunión entre la Municipalidad y representantes de instituciones benéficas locales. El Departamento Ejecutivo será quien fije los detalles de cómo se hace esa entrega. Aprobada el 18 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101861 — Ordenanza N.º 2085 (18/04/1985)
18/04/1985
18/04/1985
Esta ordenanza modifica varios artículos de la Ordenanza N° 2071, que regula el Derecho de Registro e Inspección (una tasa municipal que pagan comercios y otras actividades económicas en Rafaela). Entre los cambios: suma a la tasa actividades de compra-venta y alquiler de inmuebles (con excepciones, como alquilar hasta 5 propiedades o vender lotes escriturados hace más de 2 años); fija la alícuota de la tasa en el 20% de lo que cobra la Provincia por Ingresos Brutos; y agrega exenciones para asociaciones mutualistas y para alquileres de vivienda bajo un régimen nacional específico. Tiene vigencia retroactiva desde el 1° de enero de 1985, y da a quienes ya pagaron en término hasta el 10 de mayo de ese año para regularizar diferencias sin intereses. Nota: el segundo PDF adjunto a este registro corresponde en realidad a la Ordenanza N° 2.105 (25/07/1985, sobre un anticipo de la Tasa General de Inmuebles), un documento distinto sin relación con esta ordenanza.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101.943 — Ordenanza N.º 2083 (18/04/1985)
18/04/1985
18/04/1985
Esta ordenanza crea dos premios municipales para el deporte local: 'Al Mejor Deportista del Año' y 'Al Mejor Deportista del Mes', consistentes en trofeos o plaquetas. Los ganadores los elige una comisión especial integrada por el jefe de Deportes de la Municipalidad, periodistas deportivos de los medios locales y representantes de los centros de educación física de la ciudad, votando por mayoría a partir de ternas de candidatos que presenta cada miembro. Pueden ganarlo deportistas radicados en Rafaela (o rafaelinos radicados afuera que destaquen y promuevan el nombre de la ciudad), evaluando esfuerzo, resultados en competencias y conducta dentro y fuera de la actividad deportiva. El premio mensual se entrega dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente, y el anual en la segunda quincena de diciembre. Aprobada el 18 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º — Ordenanza N.º 2082 (18/04/1985)
18/04/1985
18/04/1985
Esta ordenanza crea un Taller de Cerámica Artesanal en el barrio Los Nogales, dependiente de la Secretaría de Cultura y Deportes, con el objetivo de acercar la cultura y el aprendizaje de un oficio a los vecinos del barrio. El taller ofrece enseñanza en tres niveles: elemental (chicos de 9 a 13 años, trabajo manual de piezas de arcilla con decoración simple), intermedio (14 a 16 años, piezas hechas con moldes) y de perfeccionamiento (mayores de 16 años, técnicas más avanzadas como esmaltes e impermeabilización, más una introducción a la historia de la cerámica indígena y precolombina). El gasto se financia con el presupuesto municipal del año. Aprobada el 18 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 102373 — Ordenanza N.º 2079 (11/04/1985)
11/04/1985
11/04/1985
Esta ordenanza le da un plan de pago especial al Colegio San José (de los Hermanos Maristas), ubicado en Necochea y 9 de Julio, para que pague en cuotas la contribución por mejoras que le corresponde por la obra de ampliación de la red de agua potable de esa zona. El colegio había pedido quedar eximido totalmente del pago, alegando los altos gastos que afronta para mantener sus instalaciones y su secundaria, pero el Concejo no le otorgó la exención completa: en cambio, fijó que pague .028 (pesos argentinos de la época) sin actualización ni intereses, en 15 cuotas mensuales iguales, con vencimiento el décimo día hábil de cada mes a partir del mes siguiente a la promulgación. Aprobada el 11 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101827 — Ordenanza N.º2081 (11/04/1985)
11/04/1985
11/04/1985
Esta ordenanza actualiza las reglas municipales sobre desinsectación y desratización de inmuebles y terrenos baldíos en Rafaela. Establece que las empresas o personas que presten estos servicios deben inscribirse y habilitarse en la Municipalidad, contar con un responsable técnico (ingeniero agrónomo, químico o veterinario), presentar informes mensuales de los trabajos realizados y entregar certificados a quienes contraten sus servicios; el incumplimiento de estas obligaciones puede hacerles perder la habilitación. Además, para los terrenos baldíos exige antes de desratizar una limpieza general y un desmalezado mecánico del predio. El cambio más importante: prohíbe el desyuyamiento químico (uso de herbicidas) en todo el ejido municipal por su alta toxicidad para personas y animales, salvo excepciones puntuales que la Municipalidad autorice cuando no representen riesgo para la salud. Aprobada el 11 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 99109 — Ordenanza N.º 2080 (11/04/1985)
11/04/1985
11/04/1985
Esta ordenanza destina un terreno municipal para que la Comisión Vecinal del Barrio Villa Dominga construya ahí su propia sede. El terreno está ubicado en la Manzana 6 de la Concesión 233, con frente sobre calle 14 de Julio entre Lavalle y Alvear (12,77 metros de frente y 14 metros de fondo). La comisión vecinal había pedido que se le done directamente el terreno, pero como una ordenanza anterior exige que los inmuebles de las comisiones vecinales queden escriturados a nombre de la Municipalidad, se optó por afectarlo (destinarlo) a ese uso en vez de donarlo. Aprobada el 11 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 96.395 — Ordenanza N.º 2078 (11/04/1985)
11/04/1985
11/04/1985
Esta ordenanza cambia la jornada laboral de los empleados municipales de Rafaela. Deroga una ordenanza de diciembre de 1984 y vuelve a poner en vigencia un régimen anterior: los empleados de menor jerarquía (categorías 1 a 18) pasan a trabajar 30 horas semanales, y el resto del personal 39 horas semanales. El cambio se hace en el marco de un acuerdo entre el Gobierno de Santa Fe, el gremio de trabajadores municipales y la Municipalidad, ya que un aumento salarial que correspondía por ley resultaba imposible de afrontar para las finanzas municipales, y esta vía (restablecer el horario anterior) permite evitarlo dentro de lo que habilita el escalafón municipal. Aprobada el 11 de abril de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 102586 — Ordenanza N.º 2077 (21/03/1985)
21/03/1985
21/03/1985
Esta ordenanza autoriza a la Municipalidad de Rafaela a emitir y cobrar el cuarto, quinto y sexto anticipo de la Tasa General de Inmuebles del año 1985 (una tasa municipal sobre las propiedades). El cuarto anticipo se cobra por el mismo monto que el tercero, y el quinto y sexto se incrementan un 15% acumulativo cada uno sobre lo pagado en el anticipo anterior. Los vencimientos quedan fijados para el 8 de abril, el 7 de mayo y el 11 de junio de 1985. Aprobada el 21 de marzo de 1985. Nota: el segundo PDF adjunto a este registro corresponde en realidad a la Ordenanza N° 2.099 (aprobada el 21/06/1985 bajo el mismo expediente), que autoriza un séptimo anticipo adicional de la misma tasa con vencimiento el 10 y 11 de julio de 1985 — es un documento distinto y posterior, no la Ordenanza N° 2.077 de este registro.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101895 — Ordenanza N.º 2073 (14/03/1985)
14/03/1985
14/03/1985
Esta ordenanza acepta la renuncia de la familia Tolosa (Domingo, Adelmo, Esteban A., Adelfo R. y Domingo R. Tolosa, Delia de Pautaso y María del Carmen Tolosa) a la concesión que tenían sobre el medio lote Nº 88 de la Sección "C" del Cementerio Municipal, panteón incluido, que habían cedido a la Municipalidad mediante una nota de noviembre de 1984. Como consecuencia, esa fracción del cementerio queda declarada disponible para que la Municipalidad de Rafaela la asigne nuevamente. Fue sancionada el 14 de marzo de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 100868 — Ordenanza N.º 2072 (14/03/1985)
14/03/1985
14/03/1985
Esta ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar una donación de la señorita Magdalena S. Bruno: dos fracciones de terreno (identificadas como Nº 1 y 4), que ella dona en memoria de María Ernestina B. de Bruno y de Margarita Boschetto. La donación tiene la condición de que los terrenos se usen para ampliar el Jardín Materno-Infantil Municipal Nº 1, de forma que pueda alojar a niños de entre 45 días y 5 años provenientes de hogares carenciados de la ciudad, y no podrán transferirse a terceros ni destinarse a otro fin. La aceptación formal quedará supeditada a que se apruebe la mensura (medición oficial) de esos terrenos. Fue sancionada el 14 de marzo de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 2074 — Ordenanza N.º 2074 (14/03/1985)
14/03/1985
14/03/1985
Esta ordenanza regula el transporte, manipulación, depósito y venta de garrafas de gas licuado en Rafaela. Establece requisitos técnicos de seguridad para los vehículos que trasladan garrafas (frenos, luces, matafuegos, velocidad máxima de 40 km/h, carteles de "peligro"), y para los depósitos donde se almacenan (ubicación alejada de zonas pobladas, distancias mínimas de seguridad respecto a otras construcciones, sistemas contra incendio, botiquín, cercos perimetrales) y para los locales de venta al público. También fija un régimen de inspecciones municipales y multas de 15 a 30 unidades del Código de Faltas para quien incumpla (que se duplican en caso de reincidencia y pueden llevar a la clausura del local o depósito), dando 90 días para adecuarse en el caso de locales de venta y transporte, y 180 días para los depósitos. Fue sancionada el 14 de marzo de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º — Ordenanza N.º 2076 (14/03/1985)
14/03/1985
14/03/1985
Esta ordenanza modifica la línea de edificación (el límite hasta donde se puede construir) sobre la calle Gabriel Maggi, para poder ensanchar esa traza y habilitarla al tránsito pesado, tal como lo había dispuesto una ordenanza anterior (Nº 2012). Establece nuevos retiros de construcción en distintos tramos de la calle: entre el Bv. Guillermo Lehmann y las vías del Ferrocarril General Mitre, y entre esas vías y la Av. Italia, con medidas distintas en cada tramo (por ejemplo, un retiro de 12 metros o de 1,65 metros según el lado y el tramo), y desvía levemente el eje del camino cerca del cruce con las vías del tren para no afectar construcciones y lotes ya existentes. En todos esos retiros queda prohibido construir. Fue sancionada el 14 de marzo de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º — Ordenanza N.º 2075 (14/03/1985)
14/03/1985
14/03/1985
Esta ordenanza corrige y completa los límites de varios barrios de Rafaela que había fijado la ordenanza Nº 2002 de 1984. Por un lado, agrega al barrio Villa del Parque (que había quedado sin querer afuera de esa enumeración) con sus límites exactos entre Bv. Santa Fe, Río de Janeiro, Remedios de Escalada y las vías del Ferrocarril Mitre. Por otro lado, precisa y modifica los límites jurisdiccionales de los barrios General Mosconi, Malvinas Argentinas, Juan de Garay y Martín Güemes, a pedido de las comisiones vecinales de cada uno, detallando las calles y avenidas que los delimitan al norte, este, sur y oeste. Fue sancionada el 14 de marzo de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101.861 — Ordenanza N.º 2071 (22/01/1985)
22/01/1985
22/01/1985
Esta ordenanza forma parte de la Ordenanza Tributaria de 1985 y regula el "Derecho de Registro e Inspección", un tributo municipal que pagan comercios, industrias y prestadores de servicios de Rafaela por operar dentro del municipio (aunque no tengan local de venta). Fija la alícuota general en 0,5% sobre los ingresos brutos del mes (0,35% para artículos de primera necesidad exentos de IVA), con un mínimo a pagar según el tipo de actividad (por ejemplo, 5.000 pesos argentinos para industrias, 2.500 para comercios, 1.000 para servicios), y montos fijos para actividades puntuales como agencias de lotería/quiniela, cocheras (por cochera), casas de alojamiento por hora (por habitación) y entidades financieras. Establece reglas para calcular la base imponible en casos especiales (combustibles, loterías, tabaco, cambio de divisas, distribuidores de lácteos/gaseosas/vinos), qué se puede deducir, y plazos de inscripción y de aviso de cambios (90 días). También detalla quiénes están exentos de pagarlo: el Estado (salvo empresas estatales), producción agropecuaria/forestal/minera, diarios y revistas, radio y TV, empleados en relación de dependencia, profesiones liberales (salvo que funcionen como empresa), entidades de beneficencia/religiosas/vecinales/gremiales, escuelas y bibliotecas, personas mayores de 65 años sin empleados, vendedores ambulantes de bajos ingresos, y exportadores locales por sus ventas al exterior. Entró en vigencia desde el 1 de enero de 1985 y fue sancionada el 22 de enero de ese año.
OrdenanzaOrdenanza N.º 102047 — Ordenanza N.º 2070 (18/01/1985)
18/01/1985
18/01/1985
Esta ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a prestar (en comodato, es decir sin cobrar alquiler) parte de un inmueble municipal ubicado en San Martín 555 de Rafaela a la Delegación Regional Santa Fe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, para que funcione ahí su Inspectoría local. El Departamento Ejecutivo tiene 90 días para definir exactamente qué parte del edificio se cede y firmar el contrato correspondiente, que debe volver al Concejo para su aprobación. Los gastos de luz y teléfono de ese espacio quedan a cargo de la Delegación del Ministerio, no del municipio. Fue sancionada el 18 de enero de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 102009 — Ordenanza N.º 2069 (18/01/1985)
18/01/1985
18/01/1985
Esta ordenanza (Nº 2069) aprueba el Plan de Obras Públicas que ejecutará la Municipalidad de Rafaela mediante el sistema de "contribución de mejoras" (obras que se financian en parte con aportes de los vecinos beneficiados), financiadas por el régimen de ahorro previo de la Ordenanza Nº 2068. Incluye un plan de pavimentación urbana de 447 cuadras en distintas calles de la ciudad, una ampliación de la red de alumbrado público en el barrio 9 de Julio y parte del San Martín, una ampliación de desagües cloacales en el sector sur de la ciudad, y una ampliación de la red de agua corriente en dos sectores, con los planos elaborados por la Dirección Provincial de Obras Sanitarias (DIPOS). Fue sancionada el 18 de enero de 1985. Nota: el segundo PDF adjunto a este documento no corresponde a esta ordenanza sino a la Ordenanza Nº 2094 (30 de mayo de 1985), que autoriza obras adicionales de pavimentación, repavimentación, alumbrado y redes de agua/cloacas no incluidas en el plan original de esta Ordenanza 2069 -aunque tramitó bajo el mismo expediente (Letra I Nº 102009), es un documento distinto.
OrdenanzaOrdenanza N.º — Ordenanza N.º 2068 (18/01/1985)
18/01/1985
18/01/1985
Esta ordenanza crea el "Plan de Ahorro Previo", el sistema general con el que la Municipalidad de Rafaela financia obras públicas (pavimento, cloacas, agua, alumbrado, etc.) mediante "contribución de mejoras": los vecinos beneficiados por una obra pagan su costo total en cuotas. Permite pagar por adelantado (con posible descuento) o en cuotas mensuales sin interés que se actualizan cada mes según el costo real de la obra, con recargo por mora atado a la tasa de préstamos personales del Banco de Santa Fe. Contempla planes especiales con más cuotas para familias cuya cuota supere el 20% de sus ingresos (solo si es su única vivienda y la habitan), y una prórroga de 4 días para asalariados y jubilados que cobran tarde. Incluye un seguro obligatorio (a cargo del contribuyente, costo muy bajo) que cancela la deuda pendiente si el titular fallece antes de terminar de pagar, y un sorteo mensual ("Sorteo-Estímulo") entre los vecinos que están al día con sus cuotas, donde los ganadores reciben un crédito equivalente al costo de una obra en un lote tipo de 10x30 metros para saldar o reducir su propia deuda. Fue sancionada el 18 de enero de 1985.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101813 — Ordenanza N.º 2066 (28/12/1984)
28/12/1984
28/12/1984
Esta ordenanza (registrada bajo el N° 2066, del 28/12/1984) deroga el artículo primero de la Ordenanza N° 084 (de 1981), que había eliminado el cobro del Derecho de Registro e Inspección a cambio de recibir coparticipación provincial. Al derogar ese artículo, la Municipalidad de Rafaela vuelve a poder cobrar ese tributo a los comercios, con el argumento de que la coparticipación que recibía a cambio era insuficiente y esto le devuelve una fuente de ingresos propia que beneficia a las arcas municipales.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101810 — Ordenanza N.º 2064 (28/12/1984)
28/12/1984
28/12/1984
Esta ordenanza (registrada bajo el N° 2064, del 28/12/1984) prohíbe a las fábricas e industrias de Rafaela arrojar a la calle, canales pluviales, terrenos o espacios públicos sus efluentes, desechos, agua contaminada o cualquier sustancia que genere malos olores o dañe la salud de la población. Las industrias deben conectarse al sistema de desagües industriales de la ciudad cuando sea técnicamente posible, mantener sus instalaciones en buen estado y, si corresponde, tener plantas propias para depurar sus líquidos residuales antes de volcarlos. La Municipalidad puede inspeccionar las plantas, exigir arreglos con plazo y, si no se cumple, clausurar la industria hasta que se ponga en regla; las infracciones se penan con multas de entre 50 y 500 unidades del Código Municipal de Faltas.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101127 — Ordenanza N.º 2065 (28/12/1984)
28/12/1984
28/12/1984
Esta ordenanza (registrada bajo el N° 2065, del 28/12/1984) regula el uso del espacio aéreo sobre las calles de Rafaela por parte de empresas o personas que tienden cables (de electricidad, teléfono, video, telex, etc.). Quien quiera instalar este tipo de líneas debe pedir primero un permiso a la Municipalidad, presentando planos y un cronograma de la obra, y cumplir reglas técnicas como no interferir con instalaciones existentes y mantener una altura mínima de 4,50 metros en los cruces de calles. Los permisionarios son responsables de reparar cualquier rotura que causen y de los daños a terceros, deben pagar anualmente un derecho por ocupar el espacio público (según lo que fijen las ordenanzas tributarias) y pueden recibir multas de entre 10 y 100 unidades del Código de Faltas si instalan cables sin autorización.
OrdenanzaOrdenanza N.º 99905 — Ordenanza N.º 2067 (28/12/1984)
28/12/1984
28/12/1984
Esta ordenanza (registrada bajo el N° 2067, del 28/12/1984) autoriza a la Municipalidad a renovar parte de su flota de vehículos comprando 2 automóviles Ford y 3 camiones Ford mediante planes de ahorro con la empresa Plan Óvalo S.A., en vez de pagarlos de una sola vez. El pago se hace en cuotas mensuales (2% del valor del auto o 2,5% del valor del camión), más un cargo único de inscripción y otro de adjudicación cuando se sortea o licita cada unidad. El gasto se financia con fondos propios del municipio (Rentas Generales).
OrdenanzaOrdenanza N.º — Ordenanza N.º 2063 (28/12/1984)
28/12/1984
28/12/1984
Esta ordenanza de diciembre de 1984 adopta para la Municipalidad de Rafaela lo dispuesto por una ley provincial (Ley N.º 9531) y ratifica un decreto del Departamento Ejecutivo Municipal (Decreto N.º 7430) del 18 de diciembre de 1984. En la práctica, equipara la situación de los empleados municipales con la del resto de los trabajadores en relación de dependencia, otorgándoles un beneficio o derecho laboral que ya tenían los trabajadores del sector privado/regidos por esa ley.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101466 — Ordenanza N.º 2059 (21/12/1984)
21/12/1984
21/12/1984
Esta ordenanza de diciembre de 1984 dispone la pavimentación de las calles Los Jacarandaes (entre Ruta Nacional 34 y Los Fresnos) y Los Alamos (entre Los Jacarandaes y Las Acacias), en el barrio Villa Los Álamos, a pedido de los vecinos frentistas de la zona. La obra la ejecuta la propia Municipalidad, con un presupuesto estimado de 2.816.240 pesos argentinos, y se declara de utilidad pública. El costo se cobra a los vecinos frentistas como 'contribución de mejoras', con varias alternativas de pago (al contado con descuento, en cuotas, o en un plan de dos pagos parciales más cuotas), y quien pague no puede volver a ser cobrado por la misma mejora durante 7 años. Se prevén intereses por pago tardío y una excepción para quienes prueben que no pueden pagar, en cuyo caso la deuda queda pendiente hasta que se venda la propiedad o fallezca el titular. Para poder avanzar con la obra, se exige reunir la conformidad de al menos el 80% de los vecinos afectados.
OrdenanzaOrdenanza N.º 101345 — Ordenanza N.º 2058 (21/12/1984)
21/12/1984
21/12/1984
Esta ordenanza de 1984 autoriza a la Municipalidad a construir veredas de bajo costo en las calles de la ciudad que todavía no estaban pavimentadas, para que los vecinos no tengan que caminar por barro en los frentes de sus casas. El costo de esas veredas lo pagan los propietarios frentistas, a través de una contribución de mejoras (una especie de cuota que se cobra por la obra realizada frente a cada propiedad), con planes de pago acordes a la situación económica de cada vecino. La Municipalidad primero debe publicar por varios días qué sectores se van a hacer, y solo avanza si conforman al menos el 60% del costo total los vecinos que dan su acuerdo. Los propietarios de los frentes donde se construyan estas veredas económicas tendrán siete años de plazo antes de que les rija la obligación de hacer una vereda definitiva según las normas generales.